Si la persona designada quiere alegar que tiene algún compromiso tendrá que indicar cuál es y justificarlo. La Junta Electoral Central ha elaborado una Instrucción donde recoge las principales excusas para no ser miembro de una Mesa Electoral a modo de ejemplo y sin tener carácter de exhaustivo si bien se pueden aceptar otras atendiendo a cada caso concreto.
Como causas que pueden servir de impedimento se encuentran entre otras, ser mayor de 65 años y menor de 70, situaciones de discapacidad, tener la condición de pensionista de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez, incapacidad temporal para el trabajo, gestación a partir de los 6 meses y el periodo de baja por maternidad , quienes deban prestar durante la jornada electoral servicios esenciales para la comunidad como los de carácter médico, sanitario, de protección civil etc.